Una Acción Popular contra los Bancos. La Función Judicial no inspira confianza para aplicar las leyes de defensa del consumidor.



1. Todos recordamos la impunidad con la que se resolvió los miles de reclamos respecto de que los bancos habían debitado valores sin nuestro consentimiento de nuestras cuentas de ahorros o tarjetas de crédito en favor  y a nombre de aseguradoras. Recordemos que el polvorín se encendió en redes sociales por la denuncia que hizo un periodista #Caterva, a inicios del mes de octubre de 2018. Por hacer esta denuncia incluso fue separado de #TCTelevision y luego por la presión de la ciudadanía lo reintegraron. Entre las principales aseguradoras se encontraba #GEAECUADOR.


2. La Asociación de Defensa del Consumidor "UNIDOS", amparada en lo que prescribe el artículo 88 la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor -LODC-, que prescribe: “Se concede acción popular para denunciar las infracciones previstas en esta Ley.”, presentó el 17 de octubre de 2018, una Acción Popular, que fue signada con el No. 17294-2018-01597. Esta denuncia se dirigió en contra de los Bancos: Pichincha, Guayaquil, Pacífico, Produbanco, Solidario, de Loja y se les acusó el cometimiento de la infracción prevista en el artículo 55 numeral 3 de la mencionada Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, esto es:

“Enviar al consumidor cualquier servicio o producto sin que éste lo haya solicitado. En tal hipótesis, se entenderán como muestras gratis los bienes y/o servicios enviados;”     

3. Este Proceso está en conocimiento de la Jueza de Contravenciones de la Unidad Judicial Penal de Iñaquito, Dra. Luz Ortiz Guevara. Desde esa fecha, no se ha logrado siquiera que se acepte a trámite la denuncia. Avocó conocimiento el 29 de octubre de 2018 y pidió justifiquemos "documentadamente las definiciones en relación a las calidades en la que se presentan esto es  (Consumidor/ proveedor del servicio)". Con fecha 30 de octubre de 2018, dimos contestación a su petición. Insistimos en varias ocasiones que se calificara y aceptara a trámite la denuncia. Con fecha 28 de noviembre de 2018 dispuso que: 

el señor actuario de esta Unidad Judicial Penal, siente la razón de que si los señores antes prenombrados, dieron cumplimento a lo ordenando en el Auto de fecha, 29 de octubre del 2018, las 15h08.- Abg. Jorge Rojas Salazar, en calidad de Secretario titular de esta Unidad Judicial.- NOTIFIQUESE.-

4. Ante un nuevo requerimiento realizado de nuestra parte, el 19 de febrero de 2019, nuevamente dispuso que el Actuario siente razón si se ha completado la denuncia, desplazando sus competencias al Secretario de la Unidad y dilatando la tramitación del Proceso. 


5. Percibimos que es el temor de la Jueza Dra. Luz Ortiz Guevara, ( Ella también conoció el caso en el que se había ordenado seguimientos policiales sin autorización judicial a trabajadores de EXPLOCEN, negándoles protección) que impide tramitar con celeridad esta causa. Primero por quiénes son los denunciados, los grandes Bancos de nuestro país y segundo porque un trámite como el previsto para las Acciones Populares derivadas de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, son poco comunes. Me atrevería a decir que es el primer caso judicializado en esta materia. 


6. Por ello, reclamamos de la Función Judicial (Corte Nacional de Justicia o Consejo de Judicatura, quien sea se considere aludido) la previsiones del caso para que la institucionalidad responda conforme con el derecho vigente en nuestro ordenamiento jurídico y brinde el apoyo necesario para que el enfrentamiento a estos grandes poderes privados no constituya una vergüenza más para el sistema judicial, que termine dejando en la impunidad, el la exacción arbitraria de dineros sufridos por muchos ciudadanos ecuatorianos. Esta obra se va configurando como: La impunidad a los Bancos con aquiescencia de la Función Judicial.


7. Paralelamente, solicitamos a la Superintendencia de Bancos se nos entregue información pública respecto de las acciones que habían adoptado, el dinero que habían logrado se devolviera y las sanciones que impusieron. Negaron la entrega de la información y señalaron que ya se había implementado por pedido del Presidente de la República la línea de reclamos 1-800INDEBIDOS. Tuvimos que presentar una demanda de Acceso a la Información Pública con la finalidad de acceder a esta información. En la audiencia, a más de acusarnos que lo que intentábamos era crear pánico financiero, se señaló que hasta el mes de diciembre de 2018, se había devuelto por parte de los Bancos la cantidad de 900 millones de dólares. Cantidad brutal no. Eso si, ni una sola sanción. El proceso al que me refiero está signado con el No. 17203-2019-00358. La Procuraduría General del Estado vehementemente defendió a la Superintendencia de Bancos y a los Bancos, tanto que dijo que no podía entregarse la información de cuánto se había ordenado devolver a cada banco porque podrían quebrar. 


8. Por otra parte también solicitamos a la Superintendencia de Compañías las acciones adoptadas en contra de las compañías de seguros y también se nos indicó en la audiencia que por orden del Presidente de la República se había implementado una línea telefónica de reclamos, pero que ellos no habían hecho nada con estos procesos respecto de los bancos porque no eran competentes. Respecto de los procesos con las aseguradoras, se negaron a dar información. Tampoco accedieron a responder si habían solicitado si las aseguradoras o las telefónicas les habían reportado convenios de débito con Bancos para que descontaran a sus clientes valores por conceptos de seguros. Los Jueces del Tribunal Penal de Iñaquito, doctores Daniel Tutiño, Milton Maroto Sánchez e Ignacio Carrasco Cruz, prefirieron hacer como que la discusión estaba en otro lado y no ordenaron se entregue la información pública requerida. Proceso No. 17250-2019-00005. La excusa fue que se había solicitado a Bancos, pero no quisieron ver que existía la palabra aseguradora y telefónica, que es una compañía. Otra evidencia de temor reverencial hacia los Bancos. Actualmente se encuentra el proceso en Apelación en la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. 


9. Mediante la Acción Popular instaurada se pretende sentar un precedente para que los Bancos no vuelvan a cometer este tipo de agresiones a los consumidores. Solicitamos se les imponga una sanción y se orden las devoluciones que aun no se han realizado, además que emitan una disculpa pública por los actos indelicados realizados en contra de los bolsillos de los consumidores. LA FUNCIÓN JUDICIAL queda debiendo hasta el momento y como cómplice de los BANCOS. Los jueces que no tiene el carácter y el valor para interpretar y aplicar la Constitución y las leyes que garantizan los derechos de las personas, no pueden administrar justicia, porque primero piensan en salvar su puesto de cualquier peligro existente debido a la intromisión que constantemente realizan otras funciones o el propio Consejo de la Judicatura, que en proteger los derechos de las personas. 





  













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