Que el Estatuto de la UNL conste como aprobado: ¿Quiere decir que el CES lo aprobó?


El Secretario General del CES, Dr. Marcelo Calderón, el 26 de enero de 2017 ha sentado Razón respecto de que el Estatuto de la Universidad Nacional de Loja (UNL), fue aprobado por el Consejo de Educación Superior (CES) el 26 de octubre de 2016, mediante Resolución RPC-SO-39-No. 813-2016, resposando un  ejemplar en los archivo del CES.

Al revisar la Resolución RPC-SO-39-No. 813-2016 mencionada, se puede constar que el 26 de octubre de 2016 se reúnen los miembros del CES y resuelven lo siguiente: 


Como se puede observar del texto, el CES aprueba el Estatuto de la UNL pero con la incorporación de observaciones. Ahora bien, estás observaciones ¿son puntuales o generales? Si son lo primero, bastaba al texto original suprimir o reformar expresa o textualmente lo que se ordenara en dichas observaciones; pero si son generales, por una deducción lógica de procedimiento, cabe revisar si las mismas se incorporaron y si en la incorporación de los cambios no se respetó el objeto o la finalidad que tenían cada unas de las observaciones realizadas por el CES. 

La confusión se agudiza cuando en la "Resolución de Aprobación", el CES en la segunda de sus observaciones al texto señala: 

            "La UNL debe establecer en su proyecto de Estatuto los requisitos previstos para                                 autoridades académicas ..." (Resaltado y subrayado me pertenece). 

Al revisar las "observaciones aprobadas" por el CES, se puede verificar fácilmente que son observaciones de carácter general, pues en ellas se ordenó a la UNL, por ejemplo:



Son 26 observaciones al Proyecto de Estatuto de la UNL aprobadas por el CES mediante RPC-SO-39-No. 813-2016 el 26 de octubre de 2016. Incluso el CES en esta Resolución mediante la Disposición General Segunda le termina requiriendo a la UNL que no hará cambios al Proyecto de Estatuto que no tengan que ver con las observaciones. 
  
Perdón pero no entiendo, que pasa: 

         - El CES aprobó el Estatuto de la UNL -Texto normativo que rige a la Universidad- ; o, 

         - El CES aprobó que siga siendo Proyecto de Estatuto el texto que habían revisado, lo que               contradeciría la razón sentada por el Secretario General del CES. 

El 17 de enero de 2017, el Secretario General de la UNL, Dr. Patricio Cueva Casanova, sienta una razón en la que señala que el Dr. Leofrey Pontón Bermeo, Miembro Jurídico de la Comisión de Intervención y Fortalecimiento Institucional de la Universidad Nacional de Laja y los señores Doctores: Patricio Iván Cueva Casanova, Secretario General, Darío Peñarreta León, Abogado Externo de la Universidad Nacional de Loja y Franco Jararnillo Ochoa Asesor del Rectorado de la Universidad Nacional de Loja, procedieron a realizar los cambios para cumplir con las observaciones que aprobó el CES el 26 de octubre de 2016. Observen:



En este trabajo, según la razón sentada por el Secretario General de la UNL, no habría participado el Rector de la UNL, que sería el único miembro de la comunidad universitaria existente para realizar este tipo de procedimientos legislativos, que le son inherentes al Consejo Universitario, máximo organismo universitario de legislación y fiscalización que hasta esa fecha no existía. Posteriormente, el 24 de enero de 2017, el Rector de la UNL se dirige al Presidente del CES indicándole que ha cumplido con todas las observaciones realizadas por el Pleno del CES en la sesión de 26 de septiembre de 2016.

El Rector de la UNL con este Oficio también pide al Presidente del CES publique el texto que ha remitido en la Gaceta Oficial del CES. Solicitud que es cumplida, sin que el Pleno del CES conozca nuevamente los cambios incorporados y haya verificado si se hizo caso o no las observaciones que realizó mediante Resolución RPC-SO-39-No. 813-2016.

Hemos visto el procedimiento que para aprobar el Estatuto de la UNL ha realizado el CES en el año 2016, procedimiento que no ha tenido en cuenta verificar si se han cumplido sus disposiciones o no. Además surge la interrogante: ¿Cómo una Universidad aprueba un Estatuto sino existe conformado su máximo organismo? ¿Tenían legitimidad los funcionarios que habrían realizado los cambios al Proyecto de Estatuto, para cumplir con las observaciones realizadas por el CES?

La atribución dada al CES en el literal k) del artículo 169 de la LOES no se ha cumplido a cabalidad, puesto que este organismo no ha aprobado el Estatuto sino las observaciones al Proyecto de Estatuto de la UNL, conclusión a la que podemos arribar de la lectura de su propia Resolución RPC-SO-39-No. 813-2016. No me quiero imaginar como será el procedimiento para aprobar reformas a este Estatuto. Mientras tanto, parece que tendremos que estar a lo que dice el señor Secretario General:
Como dijo un Santo, parezco galimatías, y creo que voy a terminar en barbaridad o aberración jurídica. Mala tos te siento Josefina. 


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